La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, popularmente conocida como la Ley “Crea y Crece” entró en vigor con carácter general el pasado día 19 de octubre.

Esta normativa pretende facilitar la creación de nuevas empresas y, por otro lado, reducir los inconvenientes a los que se enfrentan en su crecimiento, ya sean de origen normativo o financiero para lograr con ello un incremento de la competencia en beneficio de los consumidores, de la productividad y resiliencia de las empresas, así como de la capacidad para crear empleos de calidad.

Entre otras, se destacan las siguientes medidas:

– Constitución de SL con un 1 euro de capital social cumpliendo una serie de particularidades:

 

  • Deberá destinarse a la reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que dicha reserva, junto con el capital social, alcance los 3.000 €.
  • Responsabilidad solidaria de los socios hasta los 3.000 €

 

– Reformas específicas para facilitar la constitución de empresa

Se pretende facilitar e impulsar la constitución de sociedades por medio de notarios e intermediarios, quienes deberán informar a los fundadores de las ventajas de emplear los Puntos de Atención Al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE).

 

– Mecanismos de financiación alternativa

Se flexibilizan los mecanismos de financiación alternativa con el fin de potenciar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial. Es el caso del ‘crowdfunding’, la inversión colectiva y el capital riesgo.

 

– Lucha contra la morosidad comercial

Como medidas para luchar contra la morosidad comercial, se obliga a toda sociedad mercantil a incluir de forma expresa en la memoria de las cuentas anuales su período medio de pago a proveedores.

 

– El Emprendedor de Responsabilidad Limitada podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad en la vivienda habitual del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 €.

 

– Las sociedades civiles que por su objeto que no tengan forma mercantil podrán inscribirse en el Registro Mercantil haciendo constar una serie de circunstancias.

 

– Se reconoce la figura de las Sociedades de Beneficio e Interés Común.

 

– Las sociedades “nueva empresa” existentes a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por las disposiciones reguladoras de las sociedades de responsabilidad limitada y utilizarán la denominación SRL.

 

– Se generaliza el uso de la factura electrónica

Con respecto a la facturación, se generaliza el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresarios y profesionales como medida de digitalización empresarial, así como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.