El inicio del nuevo año conlleva la entrada en vigor de diferentes normas fiscales que influirán en la contabilidad de los autónomos navarros durante todo el año. A partir del 1 de enero de 2021, los autónomos ya no podrán tributar por módulos ya que se elimina la estimación objetiva para la determinación de los rendimientos de actividades empresariales y profesionales.

En su lugar, se ofrece como alternativa la estimación directa especial, siendo de aplicación a determinados contribuyentes.

¿Cuándo se aplicará la estimación directa especial?

  • Si en el año anterior se ha obtenido un volumen de operaciones inferiores a 300.000 € en actividades agrícolas, ganaderas, forestales pesqueras
  • Los sujetos pasivos que ejerzan actividades empresariales a los que se les aplica el régimen especial de recargo por equivalencia o el régimen simplificado del IVA, siempre y cuando el importe neto de su cifra de negocios no haya superado los 150.000 € el año anterior

 

¿Cómo opera?

Minorando los ingresos con los gastos, no siendo deducibles todo tipo de gastos: no lo serán las provisiones, amortizaciones, gastos de arrendamiento, etc.

Por el contrario, si se podrá deducir (como gasto de “difícil justificación”) el rendimiento neto en:

  • 10 % con carácter general
  • 35 % en actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras
  • 45 % en actividades de transporte de mercancías

 

A su vez, es imperativo la llevanza de un Libro Registro de Ventas e Ingresos además del Libro Registro de Compras y Gastos, es decir, será obligatorio guardar no sólo las facturas, sino contabilizarlas en los Libros Registro referidos todas las facturas relativas a la actividad económica durante el período impositivo, con la finalidad de poder justificar su deducibilidad en el Impuesto de la Renta.

En consecuencia, sectores del comercio al por menor como la hostelería, requerirá de adquisición de máquinas registradoras que eviten la falsificación de los ingresos.

El régimen de renuncia y revocación será el mismo que para la estimación directa simplificada.