Las circunstancias excepcionales causadas por el virus COVID-19, han llevado a implementar una serie de medidas aprobadas en el Decreto-Ley Foral 1/2020, 18 de marzo -DLF- para responder al impacto generado por la crisis sanitaria en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para contener y prevenir el citado virus.

El DLF fue convalidado por el Parlamento de Navarra en su sesión plenaria del 27 de marzo de 2020, acordando la tramitación de la siguiente “Ley Foral 6/2020, de 6 de abril, por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19)”.

Entre las medidas que aprueba la nueva Ley Foral 6/2020, de 6 de abril -y que ya las hemos mencionado en anteriores publicaciones- destacamos las siguientes:

 

  • Los órganos competentes en material de personal pueden imponer a toda persona empleada pública, servicios extraordinarios al objeto de garantizar la protección de personas, bienes, lugares y prestación de la asistencia sanitaria.

 

  • Podrán adoptarse medidas de movilidad geográfica entre centros de trabajo ubicados en distintas localidades. La persona que tenga que desplazarse por dicha causa, se le indemnizará con la cantidad habilitada por gastos de desplazamiento (siempre que la distancia recorrida sea superior a 5 km).

 

  • Se levanta la suspensión de la posibilidad de prorrogar el servicio activo hasta los 70 años, mientras se mantenga el estado de alarma.

 

  • Los profesionales sanitarios jubilados menores de 70 años podrán voluntariamente ser reincorporados al servicio activo.

 

  • Podrán dejarse sin efectos las exenciones de guardias a los efectos de garantizar la correcta prestación continuada de asistencia sanitaria a la población.

 

  • Para la obtención de la ayuda económica para la contratación de cuidadores profesionales en domicilio, se eximen los requisitos relativos al vínculo de parentesco y cualificación profesionales, siendo únicamente necesario tener más de 18 años y cumplir con las condiciones de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social.

 

  • Se crea un Fondo de hasta 130 millones de euros (puede ser ampliable), para paliar los gastos de salud, educación, políticas sociales, empleo, familias, empresas, pymes, autónomos, conciliación laboral y familiar, protección social, ayudas al sector agrícola y ganadero y otros gastos ocasionados por el COVID-19, mediante la tramitación de las correspondientes modificaciones presupuestarias conforme a lo previsto en la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

 

  • Con cargo al Fondo mencionado en el párrafo anterior, se dotará una partida de carácter ampliable de 6 millones de euros para la adquisición con carácter de urgencia de Equipos de Protección Individual, material sanitario y pruebas de confirmación diagnóstica para COVID-19.

 

  • También se dotará una partida de carácter ampliable de 20 millones de euros para establecer una ayuda directa cuyo importe será similar al pago de la cuota mensual a la Seguridad Social con un máximo de 650 euros a los autónomos con alta del IAE en la Comunidad Foral que hayan visto mermada su facturación mensual como mínimo en un 30% respecto a la media de los últimos seis meses desde el inicio del estado de alarma declarado en el Real Decreto 463/2020 hasta que finalice el mismo y/o se posibilite legalmente el reinicio de la actividad. Esta ayuda estará condicionada a la presentación del pago de la cuota a la Seguridad Social de los meses de marzo y abril de 2020.